14
DIC
2012

Marita Verón

Frente a la absolución total a todos -los trece- imputados por el secuestro y la promoción de la prostitución de Marita Verón que un tribunal tucumano resolvió “por unanimidad”, el ICUF (Idisher Cultur Farband / Federación de Entidades Culturales Judías de la Argentina) manifiesta su sorpresa y profundo desagrado, ya que es una señal inequívoca de «luz verde» para quienes llevan adelante tales aberrantes y degradantes prácticas.

¿Será ese el lugar de la Justicia argentina?, ¿o el que condena a los genocidas?, ¿o quizá el que prorroga medidas cautelares? Es difícil saberlo. Solo sabemos que este fallo nos disgusta porque, mas allá de cualquier artilugio leguleyo, lo que está en juego es la dignidad humana.

Medidas tomadas (o no tomadas) por el aparato judicial hacen dudar de su integridad. La lista es larga, pero si recorremos los fallos de la Justicia Federal y las justicias provinciales podemos corroborar que cuando la Justicia se acerca al Poder económico y mediático, generalmente es éste quien gana.

Para la colectividad judía este terrible suceso no nos debería resultar ajeno. En las décadas del `20-`40, nuestra comunidad se vio afectada por los turbios manejos de la famosa Zwi Migdal, una asociación de proxenetas, rufianes y fiolos que se hizo famosa a raíz de su influencia, poder y prepotencia. Fue combatida arduamente por todos los medios por los sectores progresistas hasta que, finalmente, (al menos formalmente) sus cabecillas fueron juzgados y condenados, y esa organización criminal fue extirpada de la vida comunitaria.

Para Susana Trimarco, sus familiares y amigos, para todos los que han sufrido y padecen la explotación sexual, la trata de personas y otras formas de abuso, nuestra solidaridad y nuestro compromiso de proseguir trabajando para la construcción un país justo y verdaderamente democrático.

 

Sr. Marcelo Horestein | Secretario
Prof. Daniel Silber | Presidente

 

 

05
DIC
2012

Correa

Las expresiones del presidente de Ecuador Rafael Correa respecto al atentado contra la sede de la AMIA fueron, al menos, desafortunadas.

Sobre el particular, el ICUF (Idisher Cultur Farband / Federación de Entidades Culturales Judías de la Argentina) expresa que valen tanto unas como otras personas asesinadas por bombas, ya sea la artera del atentado como las de los bombardeos de la OTAN y sus aliados.

Ni uno ni otro son mejores o peores. Hombres y mujeres sencillos, del pueblo, cayeron bajo el efecto del terrorismo, ya sea de grupo o de Estado.

Defendemos la justicia. Reclamamos por la verdad.

Queremos saber con precisión todo acerca del atentado contra la AMIA. Reclamamos que los ataques contra el gobierno legítimo de Libia perpetrado por fuerzas extranjeras con complicidad interior fue un sangriento golpe de estado, perpetrado a la manera del s. XXI.

Ambos casos merecen nuestro repudio. Ambos casos merecen que nos sigamos abocando a la construcción de un mundo de justicia.

 

Sr. Marcelo Horestein | Secretario
Prof. Daniel Silber | Presidente

 

 

05
DIC
2012

Resolución CFE Nº 188/12 | Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2012
VISTO la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 y, CONSIDERANDO:

Que conforme las prescripciones de los artículos 2º y 3º de Ley Nº 26.206, la
educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social
garantizados por el Estado, siendo la educación una prioridad nacional que se
constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, profundizar el
ejercicio de la ciudadanía democrática y fortalecer el desarrollo económico y social de
La Nación.

Que el artículo 12 de la citada ley establece que el Estado Nacional, las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de manera concertada y
concurrente, son los responsables de la planificación, organización, supervisión y
financiación del Sistema Educativo Nacional.

Que de acuerdo al artículo 14, el Sistema Educativo Nacional es el conjunto
organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado que posibilitan
el ejercicio del derecho a la educación el que se encuentra integrado por los servicios
educativos de gestión estatal y privada, de todas las jurisdicciones del país,
abarcando los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación.

Que el artículo 16 de la Ley de Educación Nacional determina que la
obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años
hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria y que el MINISTERIO DE
EDUCACIÓN de LA NACIÓN y las autoridades jurisdiccionales competentes deben
asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas
institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos que se ajusten a los
requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que
permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las
situaciones sociales. «2012 – Año de Homenaje al doctor D. MANUEL BELGRANO»
Consejo Federal de Educación

Que el artículo 74 dispone que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN de LA
NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN acordarán las políticas y
acciones de formación docente inicial y continua.

Que en el marco de todo lo expuesto y de acuerdo a las disposiciones
generales relativas a la calidad de la educación establecidas en el capítulo I del título
VI de la Ley Nº 26.206, la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN de LA NACIÓN ha desarrollado un amplio proceso de consulta y
discusión federal y nacional, con la participación de diferentes actores, con el objeto
de construir un Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente, que
abarque los diferentes niveles y modalidades de la educación, teniendo en cuenta a la
educación inicial como unidad pedagógica y la debida articulación y coordinación con
la modalidad técnico profesional en el nivel secundario, asumiendo la concurrencia de
la Ley de Educación Nacional y la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058,
como así también la estrecha vinculación con las políticas y acciones de formación
docente.

Que en dicho proceso han tomado activa intervención las diferentes áreas de
la cartera educativa nacional con responsabilidad en la materia como así también el
espacio federal de Subsecretarios de Educación de las jurisdicciones, convocados al
efecto, como instancia preparatoria para la formulación del Plan Nacional de
Educación Obligatoria y Formación Docente para el quinquenio 2012 – 2016 que se
propone.

Que los aportes efectuados al Plan Nacional han sido incorporados como parte
de un proceso de construcción colectiva de consensos, que permiten garantizar que
las problemáticas, estrategias y líneas de acción definidas podrán ser desarrolladas
de manera conjunta por la Nación y las jurisdicciones, otorgándole un verdadero
sentido federal.

Que el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, organismo interjurisdiccional
de carácter permanente, es el ámbito de concertación, acuerdo y coordinación de la
política educativa nacional, debiendo asegurar la unidad y articulación del Sistema
Educativo Nacional. «2012 – Año de Homenaje al doctor D. MANUEL BELGRANO»
Consejo Federal de Educación

Que la presente medida se adopta con el voto afirmativo de todos los
miembros de esta Asamblea Federal, a excepción de la provincia de La Rioja por
ausencia de su representante.

Por ello,
LA LXVII ASAMBLEA DEL CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el “Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación
Docente 2012 – 2016”, que como anexo forma parte integrante de la presente
medida.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese a los integrantes del CONSEJO FEDERAL
DE EDUCACIÓN y cumplido, archívese.

Firman:
Prof. Alberto Sileoni – Ministro de Educación
Dr. Daniel Belinche – Secretario General del CFE
Resolución CFE Nº 188/12

Para leer la Resolución completa hacé click aquí

04
DIC
2012

Introducción | Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente

INTRODUCCIÓN
AVANCES DE LA EDUCACIÓN ARGENTINA Y DESAFÍOS PARA EL PRÓXIMO QUINQUENIO

Las transformaciones educativas alcanzadas y las que aún quedan pendientes
desafían a gobernantes y educadores a valorar los logros del presente como el
resultado de un proceso de reconstrucción política que la sociedad argentina en su
conjunto protagoniza desde el año 2003.

Solo es posible pensar un proyecto educativo nacional promotor de derechos en el
marco de un país que ha logrado recuperar la centralidad del Estado y el mediano
plazo, como condiciones políticas indispensables para el desarrollo de una
perspectiva de futuro.

Reconocer la historicidad del Estado en la última década resulta necesario para
colocarnos en esa perspectiva. El 27 de mayo del año 2003 marca de manera
decisiva el presente. La determinación del presidente Néstor Kirchner de resolver el
prolongado conflicto docente en la provincia de Entre Ríos, logrando el levantamiento
de las medidas de fuerzas, el pago de los salarios caídos y el inicio del ciclo lectivo
delimitan el comienzo de una nueva etapa para los desafíos educativos que estamos
asumiendo.

Así, es posible identificar una primera etapa 2003-2009 en la que se generaron un
conjunto de decisiones orientadas a garantizar las condiciones necesarias para el
ejercicio del derecho a la educación, en particular de las poblaciones en contextos de
vulnerabilidad social y exclusión.

Los ejes que orientaron el primer tramo 2003-2006 se relacionan con: reconfigurar el
ámbito estatal-nacional como integrador de las acciones políticas llevadas adelante
por todos; asumir la responsabilidad estatal como garante de condiciones de igualdad
para todos los argentinos frente al derecho a la educación; recuperar y dar
centralidad a las dimensiones pedagógica e institucional como ejes de las políticas;
fortalecer el lugar de la escuela y la tarea de los docentes como agentes de
transmisión y recreación de la cultura, y sostener y reforzar la función inclusiva de
las propuestas pedagógicas que despliegan los sistemas educativos en todo el país.
La sanción de las leyes de Educación Nacional, Financiamiento Educativo, Educación
Técnico Profesional y la de garantía del salario docente y los 180 días de clase surgen
en este período como herramientas políticas destinadas a reconstruir, transformar y
fortalecer el sistema educativo argentino.

En este período y como consecuencia de la sanción de la Ley de Financiamiento
Educativo, surgen los convenios bilaterales, instrumentos de planificación que regulan
la asignación de recursos, destinados al cumplimiento de los objetivos consagrados
en la misma.

Integradas estas normas al conjunto de las políticas educativas, se generan planes y
programas que, haciendo foco en las deudas históricas del sistema y en las
desigualdades más sentidas, proponen una agenda de trabajo que opera sobre las
urgencias y, al mismo tiempo, sobre los problemas estructurales. Los docentes, las
escuelas y las aulas se constituyeron en una prioridad política.

Por ello, el estado nacional avanza en la recuperación de los días de clase, la
recomposición de los salarios docentes, el equipamiento y dotación integral de
recursos para las escuelas, la reconstitución del sistema de formación docente, el
acceso masivo de alumnos, docentes e instituciones de la educación estatal a las TIC
y la ampliación de cobertura en todos los niveles del sistema.

Sobre estas mejoras en las condiciones para enseñar y aprender en la escuela
pública argentina, y en un marco de confianza institucional y autoridad política por
parte del Estado, se comienza a transitar un segundo momento de definiciones que
queda plasmado en el Plan de Educación Obligatoria 2009-2011.

Este Plan convoca al ME y los gobiernos provinciales a establecer modos de
intervención planificados sobre los desafíos educativos plasmados en la Ley Nacional
de Educación. Producto de una construcción federal, el plan define la acción
coordinada entre los equipos nacionales y provinciales y se transforma en la base
para la priorización de los objetivos y metas que expresen un acuerdo común para
cumplir con las disposiciones de la Ley.

Promueve líneas de acción tendientes incrementar los niveles de responsabilidad
sobre los resultados de lo realizado y su impacto en relación con el cumplimiento de
los objetivos políticos concertados federalmente, los que se orientan en dos
direcciones: políticas que tienen como prioridad la inclusión y políticas que privilegian
la calidad de la enseñanza y los aprendizajes.

El año 2012 nos encuentra en una etapa de análisis y evaluación como requisito
necesario para dar continuidad a la acción de planificación como elemento ordenador
de la política.

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Para leer el Anexo – Parte I hacé click en este link

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